CONSIDERANDO:
Lo dispuesto en el Estatuto de la Universidad Columbia del Paraguay que establece en el CAPITULO III - DEL GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD — Art. 33 ° Compete al Directorio f) Organizar un sistema de créditos y becas...” y,
POR TANTO:
EL RECTORADO DE LA UNIYERSIDAD COLUMBIA DEL PARAGUAY; con acuerdo del Directorio;
RESUELVE:
Art. 1°: Establecer un programa de incentivos, premios o becas para estudiantes que realicen actividades Deportivas, Artísticas y Culturales en la universidad, o que la representen fuera de la misma.
Art. 2º: Otorgar a cada Sede o Filial de la Universidad la potestad de constituir un Comité de Becas, integrado por sus máximas autoridades académicas y administrativas para las adjudicaciones correspondientes.
Art. 3º: Determinar que conforme el Calendario Académico Semestral de todas las Sedes y Filiales, los estudiantes interesados en postular a becas deportivas, artísticas y culturales deberán presentar los antecedentes (breve informe, fotos, listas de asistencia) que acreditan su postulación a las modalidades correspondientes dentro del periodo lectivo normal de inscripciones.
Art. 4º: Otorgar becas deportivas a los estudiantes y equipos de las distintas modalidades, de cualquiera de las carreras de la Universidad Columbia del Paraguay que se destaquen como Campeones o Vice Campeones en torneos interuniversitarios representando a la Institución, debiendo acreditar los mismos su participación activa en la mayoría de los distintos partidos mediante la lista de buena fe respectiva. La beca comprenderá la exoneración det 100 % de las cuotas para campeones y 50% para vice campeones, por un semestre lectivo.
Art. 5º: Otorgar descuentos a estudiantes y equipos deportivos de las distintas modalidades, de cualquiera de las carreras de la Universidad Columbia del Paraguay que se destaquen como campeones en torneos internos, representando a sus carreras, debiendo acreditar los mismos su participación activa en la mayoría de los distintos partidos mediante la lista de buena fe respectiva. La beca comprenderá la exoneración del 30% de las cuotas por un semestre lectivo.
Art. 6º:Otorgar descuentos a estudiantes destacados en cuanto, danza, actuación teatral u otra modalidad artística que participen activamente de los eventos culturales y artísticos organizados por la institución o por las carreras en las distintas Sedes y Filiales. Los porcentajes se aplicarán por un semestre lectivo y variarán de acuerdo a lo que establezca el Comité de Becas para cada caso